24 feb 2026

Notas para un estudio previo precontractual del sistema de alertas tempranas (SAT) de Córdoba

 

SAT Córdoba | Sistema de Alerta Temprana

Sistema de Alerta Temprana Regional

Fortalecimiento de la capacidad de respuesta ante riesgos naturales en el departamento de Córdoba. Red de sensores, una solución tecnológica para mitigar inundaciones, deslizamientos e incendios.

4 Cuencas Principales
Alta Vulnerabilidad Actual
Ley 1523 Marco Legal 2012

La Problemática

Actualmente, la inexistencia de un SAT genera respuestas tardías ante eventos climáticos. La falta de investigación y datos en las cuencas ha hecho "imposible predecir fenómenos climáticos asociados a las lluvias", resultando en pérdidas económicas considerables y desatención de la población damnificada.

  • ⚠️ Respuesta tardía ante emergencias.
  • ⚠️ Deficiente información del potencial hídrico.
  • ⚠️ Aumento de vulnerabilidad en comunidades ribereñas.

Distribución Histórica de Eventos

Basado en el perfil de amenazas del documento (Inundaciones, Deslizamientos, etc.)

Proyecto basado en Estudios Previos CVS - Sistema de Alerta Temprana Regional. Resolución número 2-6431 de 29 de Agosto de 2019. | Ley 1523 de 2012, Sistema Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD).
Fuente: https://www.contratos.gov.co/consultas/detalleProceso.do?numConstancia=19-11-9819391

Córdoba, Colombia.

23 oct 2025

El Informe Final de Supervisión, actividad transcendental previa al cierre del contrato.

Inspección aeronáutica. Photo: Pandu Agus Wismoyo/Unsplash

¿Cómo y por qué elaborar el Informe Final de Supervisión?

El control de los contratos, tanto públicos como privados, no termina con la entrega del bien o servicio; finaliza con la verificación formal de que el dinero se invirtió correctamente. El Informe Final de Supervisión y Certificación de Cumplimiento es el documento oficial mediante el cual la entidad estatal certifica el fin de la ejecución contractual.

Este informe es la actividad transcendental del supervisor para el cierre de la etapa de ejecución y es soporte previo del Acta de Liquidación final del contrato. El informe final del supervisión por sí mismo no es el Acta de Liquidación.

Durante la ejecución contractual de contratos públicos y privados el supervisor o interventor del contrato debe elaborar informes para dejar constancia del avance o finalización de las actividades del contrato por terminación del plazo o por haber agotado el presupuesto  o por haber finalizado las actividades del contrato. 
 

Este deber de vigilancia emana directamente del Artículo 83 de la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), que obliga a las entidades a vigilar permanentemente la ejecución contractual para proteger la moralidad administrativa y prevenir actos de corrupción.


I. Función y Naturaleza del Informe Final

El informe final de supervisión cumple una triple función esencial en el ciclo contractual:

  1. Certificación de Cumplimiento Técnico: Valida que el contratista entregó los bienes, servicios u obras conforme a las especificaciones y estándares de calidad pactados, ya sea por terminación del plazo, por haber agotado el presupuesto, o por haber finalizado las actividades del contrato.

  2. Cierre Administrativo y Financiero: Recopila todos los datos de plazos, prórrogas, suspensiones y, crucialmente, realiza el balance financiero para determinar el valor final ejecutado.

  3. Soporte para la Liquidación: Es el requisito sine qua non para iniciar el proceso de liquidación del contrato, estableciendo la posición final de cada parte (lo pagado vs. lo recibido) y sirviendo como borrador y base de cálculo para el Acta de Liquidación. En muchas entidades estatales colombianas, este informe es indispensable para elaborar dicha Acta.



II. Estructura y Componentes Clave del Formato

Un informe final de supervisión integral debe estructurarse en secciones claras que aborden las dimensiones técnica, financiera y legal de la ejecución:

SecciónComponentes EsencialesRelevancia
IdentificaciónNúmero, Objeto, Valores (Inicial y Final), Contratista, Supervisor/Interventor.Trazabilidad y claridad del documento a liquidar.
Gestión del PlazoFechas de Inicio y Terminación Real, Novedades (Prórrogas, Suspensiones).Justifica el tiempo de ejecución y posibles incumplimientos de plazo.
Componente FinancieroValor Pagado, Valor Presupuestal a Liberar (saldo del RP no ejecutado), Rendimientos Financieros.Base para el control fiscal y contable; permite desafectar recursos para que la entidad pueda usarlos.
Cumplimiento TécnicoDetalle del cumplimiento de Obligaciones Específicas y el Porcentaje de Cumplimiento Final.Certificación de la calidad y cantidad de lo recibido (Recibo a Satisfacción).
Cumplimiento LegalVerificación de Aportes a Seguridad Social (obligación legal), Protección de Datos Personales y vigencia de Garantías (Pólizas).Ampara a la entidad frente a responsabilidades legales y post-contractuales.
Conclusiones y ReciboActa de Recibo Final, Consignación de Salvedades/Multas, Recomendación de iniciar Liquidación.Determina el estado final del contrato y da el paso formal para el cierre.

III. Responsabilidades Asociadas

El supervisor (servidor público) o el interventor (particular que ejerce funciones públicas) tiene una responsabilidad directa sobre la veracidad del informe. La omisión o el diligenciamiento deficiente de este documento puede acarrear:

  • Responsabilidad Disciplinaria: Por incumplimiento de los deberes de control y vigilancia.

  • Responsabilidad Fiscal: Si la falta de control resulta en detrimento patrimonial para el Estado.

En síntesis, el Informe Final de Supervisión es la herramienta principal que utiliza el Estado para materializar el principio de transparencia y eficiencia en la gestión de sus recursos, garantizando que todo el proceso, desde la planeación hasta la liquidación, se encuentre debidamente soportado.

El informe de supervisión en la práctica estatal: Ver modelos del informe 

24 ago 2025

Introducción a la Supervisión e Interventoría de los contratos estatales



Usar todos los sentidos para la interventoría de contratos.
Fotomontaje: interventoriadecontratos. Fotos: Freepick.

La supervisión y la interventoría son dos funciones complementarias para la gestión y el control de los contratos en el ámbito estatal, para asegurar la transparencia, eficiencia y el cumplimiento de los contratos. Aunque ambas buscan la correcta ejecución del contrato, se diferencian en su naturaleza, alcance y el sujeto que las ejerce.


Supervisión del Contrato

La supervisión es el seguimiento integral que la misma entidad contratante realiza sobre el contrato. Es una función interna, a cargo de un funcionario público o de personal de apoyo designado por la entidad. Se ejerce en todos los contratos estatales, principalmente en aquellos que no requieren conocimientos técnicos o especializados de alta complejidad. ¿Quién la ejerce? Un servidor público de la propia entidad.

  • Alcances:

    • Técnico: Verificación de que las especificaciones y la calidad del producto o servicio cumplan lo pactado.
    • Administrativo: Control de los plazos, cronogramas y trámites del contrato.
    • Financiero/Contable: Verificación de los desembolsos, cuentas de cobro y registros financieros.
    • Jurídico: Constatación del cumplimiento de las cláusulas y obligaciones legales del contrato.
    • Ambiental: Verificación del cumplimiento del contrato de conformidad con las normas ambientales. 
  • Responsabilidad: El supervisor debe responder disciplinaria, penal, fiscal y civilmente, ante la entidad y el Estado por la correcta ejecución del contrato.


Interventoría del contrato

La interventoría es un seguimiento especializado que se ejerce a través de una persona natural o jurídica externa, contratada por la entidad estatal para este fin.  ¿Cuándo se necesita? Es obligatoria para contratos de gran complejidad, alta cuantía o que exigen conocimientos técnicos muy específicos (por ejemplo, grandes obras de infraestructura, proyectos de tecnología, etc.). La ley puede exigir su obligatoriedad en ciertos casos. ¿Quién la ejerce? Una firma o profesional externo, independiente de la entidad y del contratista.

  • Alcance: Su enfoque principal es el seguimiento técnico del proyecto. El interventor actúa como un especialista que certifica que los diseños, materiales y procesos cumplen con los estándares y la normatividad. También puede abarcar el control financiero y administrativo, pero siempre con un alto grado de especialización.

  • Responsabilidad: Ser experto en una materia lo hace responsable de la calidad técnica del proyecto. El interventor es responsable por sus acciones y omisiones ante la entidad y los organismos de control (responsabilidad disciplinaria, penal, fiscal y civil). 


Edificio de la Universidad Distrital sede Ciudad Bolívar.
Foto: agencia.udistrital.edu.co

Diferencias y Similitudes 

CaracterísticaSupervisiónInterventoría
NaturalezaFunción internaFunción externa y especializada
SujetoFuncionario de la entidadContratista externo (firma o persona)
EspecializaciónNo es obligatoriaEs esencial y el motivo de su contratación
AlcanceIntegral (técnico, administrativo, etc.)Principalmente técnico y de alta especialización

 Marco legal: Ley 80 de 1993, Ley 1474 de 2011 y jurisprudencia (Consejo de Estado, Corte Constitucional, etc).


15 may 2023

¿Qué es la liquidación del contrato estatal?

Inauguración de obra.

¿Qué es la liquidación del contrato estatal? 
 
Primeramente se examina la palabra "Liquidar". Es un  verbo transitivo con 12 posibles significados, acorde el Diccionario de la Lengua Española. Entre ellos los siguientes: Hacer el ajuste formal de una cuenta. Saldar, pagar enteramente una cuenta. Poner término a algo o a un estado de cosas. Romper o dar por terminadas las relaciones personales. Acabar con algo, suprimirlo o hacerlo desaparecer. Dicho de una casa de comercio: Hacer ajuste final de cuentas para cesar en el negocio. Determinar en dinero el importe de una deuda.

En el contexto del proceso contractual,  la Ley 80 de 1993 establece que es una etapa en la que las  partes contractuales "acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar. En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Para la liquidación se exigirá al contratista la extensión o ampliación, si es del caso, de la garantía del contrato a la estabilidad de la obra, a la calidad del bien o servicio suministrado, a la provisión de repuestos y accesorios, al pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones, a la responsabilidad civil y, en general, para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del contrato" Ver: Ley 80 de 1993, Título VI. DE LA LIQUIDACIÓN DE LOS CONTRATOS. ARTÍCULO 60. 
 
Acorde con la Ley 1150 de 2023: La liquidación de los contratos se hará de mutuo acuerdo dentro del término fijado en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, o dentro del que acuerden las partes para el efecto. De no existir tal término, la liquidación se realizará dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la expiración del término previsto para la ejecución del contrato o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga.

27 ene 2023

¿Por qué existen normas para los contratos y las compras del estado?


Cómo cumplir los fines esenciales del Estado requiere el conocimiento del control de contratos.

Para vivir en armonía dentro de la sociedad es necesario cumplir con varias normas y las normas de contratación también se deben cumplir. Los contratos son una forma de el vínculo jurídico entre una persona y el estado para dar o hacer o entregar bienes, obras y servicios. 


La contratación del Estado es una herramienta primordial para cumplir los fines esenciales del Estado. En todos los países existen requisitos obligatorios establecidos por cada Estado o Administración Pública para las compras y contratos con el Estado.
 

Las organizaciones públicas y privadas desarrollan procesos reglados para la compra de bienes o servicios que cree que se dan por finalizados con la adjudicación del contrato al contratista seleccionado objetivamente; pero es fundamental, entender la gestión de los contratos la gestión de entregables, plazos, términos, pagos, garantías y hasta la terminación y liquidación. Por esto se requiere el conocimiento del control ejecutivo de contratos.
 

En Colombia, existen normas del sistema de compras y contratación pública establecidos por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política; la Ley 80 de 1993, la Ley 361 de 1997, la Ley 590 de 2000, la Ley 816 de 2003, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1450 de 2011, la Ley 1474 de 2011; el Decreto-ley número 4170 de 2011, el Decreto-ley número 019 de 2012, y el Decreto 1510 DE 2013, entre otras normas.

En el marco de estas normas, se consideran partícipes del sistema de compras y contratación pública a los siguientes actores:  1. Las Entidades Estatales que adelantan Procesos de Contratación. 2. La agencia Colombia Compra Eficiente. 3. Los oferentes en los Procesos de Contratación. 4. Los contratistas. 5. Los supervisores. 6. Los interventores. 7. Las organizaciones de la sociedad civil y los ciudadanos cuando ejercen la participación ciudadana en los términos de la Constitución Política y de la ley.
 

Las personas que intervienen en esta relación Estado - Contratista son los sujetos de responsabilidad fiscal: los servidores públicos, los particulares contratistas que manejan o administran recursos públicos. Las normas señalan niveles de responsabilidad en la gestión de contratos, incluyendo a los siguientes: 1. El ordenador del gasto, 2. El pagador, 3. El interventor, 4. El supervisor, 5. El contratista, 6. Asesores, comités, oficinas jurídicas y de planeación y las juntas que contribuyen a orientar las decisiones.
 

Se resalta que los supervisores e interventores tiene responsabilidades en la gestión de los contratos. En este contexto se invita al estudio de control de contratos y lucha contra la corrupción en la cátedra “Interventoría para Ingenieros” de la Universidad Distrital. /(R) Germán Cabuya Parra.


¿Qué es y quién hace el control ejecutivo de contratos?
 https://interventoriadecontratos.blogspot.com/2021/07/que-es-y-quien-hace-el-control.html

¿Es posible controlar los contratos estatales de Colombia?
https://interventoriadecontratos.blogspot.com/2021/09/es-posible-controlar-los-contratos.html 

El control social sobre la gestión pública como garantía de democracia

https://interventoriadecontratos.blogspot.com/2021/05/el-control-social-sobre-la-gestion.html

Decreto 1510 DE 2013
https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=53776

19 dic 2022

Grandes experiencias de los veintidos campamentos pedagógicos "Simón Rodríguez" de la Universidad Distrital.

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Estudiantes de la Universidad Distrital en el Campamento Pedagógico Simón Rodríguez 2022-1. Foto: agencia.udistrital.edu.co

 Gracias al Profesor Fernando Garay tuve la oportunidad de conocer los propósitos y logros del "Campamento Pedagógico Simón Rodríguez"; orientado por el Proyecto Académico de Investigación y Extensión de Pedagogía.

El "Campamento Pedagógico Simón Rodríguez" ​inició hace 20 años en la Universidad Distrital​ ​y ha evolucionado como una práctica ​académica-pedagógica donde los jóvenes pueden aplicar los principios de proyección social, diálogo de saberes y extensión universal​.Esta estratégia de práctica pedagógica es muy importante en el desarrollo cognitivo de los jóvenes universitarios.En el desarrollo del campamento, los participantes allegan información acerca del entorno de la ruta, con el propósito de ser comunicado a la comunidad universitaria.

A través del​  conocimiento y reconocimiento de diversos lugares de la geografía Nacional o Internacional, el ​"​Campamento Pedagógico Simón Rodríguez​"​ ​se propone la ​misión ​de ​contribuir ​a la formación de profesionales especializados y de ciudadanos activos; acorde con la misión-visión y el direccionamiento estratégico de la Universidad Distrital Francisco josé de Caldas.

El "campamento" es un reto para la construcción de un Discurso Pedagógico, una Acción Pedagógica y un Ambientes Educativos. De hecho los estudiantes se enfrentan al desarrollo de pensamientos reflexivos, críticos y argumentativos para la construcción y transformación del conocimiento. A su vez, el "campamento" pone a prueba la formación en valores éticos, morales y políticos en el contexto de la realidad de una ruta de viaje. Así se construye de manera autodidacta una práctica ​académica-​pedagógica en el sentido cognitivo ​practicado por el Sabio Caldas.  ​

Felicitaciones a las 22 expediciones de jóvenes y docentes participantes del "Campamento Pedagógico Simón Rodríguez" de la UD por presentar aportes a la internacionalización universitaria y a la articulación de saberes, conocimientos y metodologías de forma holística.

Oir entrevista:
​Ver Metodología de un Campamento:

 

20 oct 2022

Cuestionamientos sobre el uso irracional de los recursos públicos y las leyes de los contratos

 

Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas. Foto: europapress.es

En todo el mundo, las personas se preguntan si las Administraciones Públicas deben garantizar la competencia adecuada de los empresarios para obtener las mejores ofertas en las licitaciones con los resultados más favorables en términos de menor precio y mayor calidad para las entidades estatales, a la hora de adjudicar los contratos.  
 
72.527,27 millones de Euros representados por 129.594 licitaciones del sector público fue el volumen de la contratación pública en España en el año 2019; según el  Informe Anual de Supervisión de la contratación pública de España de 2020 de la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon), citad por el Ministerio de Hacienda de este país.


"La contratación pública desempeña un papel clave, puesto que se configura como uno de los instrumentos basados en el mercado interior que deben ser utilizados para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, garantizando al mismo tiempo un uso con mayor racionalidad económica de los fondos públicos". tal como lo consagra la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.  
 
Fuente: Boletin Oficial del Estado del Gobierno de España del 29 de septiembre de 2022, boe.es
 
¿Por qué es importante tener en cuenta la competencia en los procesos de contratación pública? 
 
Porque "la competencia entre los licitadores (proponentes, en la jerga administrativa colombiana) es la manera de asegurar que las entidades del sector público, y la sociedad en última instancia, se beneficien de las mejores ofertas en términos de precio, calidad e innovación de los bienes o servicios finalmente contratados"; dice la Comisión Nacional de la Competencia De España en la Guía sobre Contratación Pública y Competencia. Fuente: hacienda.gob.es/DGPatrimonio/junta%20consultiva/guia_contratacion_v41_0.pdf

De acuerdo con esta guía, los principios de la contratación pública, incluyen: la libertad de acceso a las licitaciones, la publicidad y transparencia de los procedimientos, la no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos, la búsqueda de una eficiente utilización de los fondos públicos mediante la exigencia de la definición previa de las necesidades a satisfacer, la salvaguarda de la libre competencia y la selección de la oferta económicamente más ventajosa. Por el contrario, unas condiciones de competencia deficientes conllevan un mayor esfuerzo económico para las entidades del sector público que contratan bienes y servicios y por tanto para los ciudadanos.
 
¿Por qué son tan apetitosos los contratos públicos?

Porque "esa corriente caudalosa de dinero público" es gestionada por administraciones de todos los tamaños y "en muchos casos notoriamente incapaces de hacerlo de manera eficiente", escribe Alejandro Huergo Lora Profesor titular de Derecho Administrativo (acreditado para catedrático), en "La supervisión de los contratos públicos", artículo de opinion (2018) en La Nueva España, lne.es

De acuerdo con el profesor,  la contratación pública sigue siendo uno de los centros de la corrupción. "Aunque la legislación de contratos públicos dice tener como objetivo evitar las prácticas corruptas y asegurar que cada contrato se adjudica en una licitación pública al mejor postor, su funcionamiento es más que deficiente por razones que no se ponen por escrito en ninguna exposición de motivos, pero que son perfectamente conocidas" En resumen, se entiende que los contratos públicos (contratos estales, en la jerga administrativa colombiana) don atractivos porque "la Administración es el cliente más importante de muchas de las empresas que intentan contratar con ella"; porque "No se premia ni se reconoce la labor que hace el recurrente (quejoso) al contribuir al descubrimiento y a la depuración de conductas ilegales"; porque "en la práctica no es raro que ambos hagan causa común frente a los controladores del manejo de fondos públicos"; y por "las graves deficiencias en el control judicial de todas las actuaciones administrativas relacionadas con la contratación".

Notas para un estudio previo precontractual del sistema de alertas tempranas (SAT) de Córdoba

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