14 abr 2021

¿Cómo solicitar el acceso a la documentación pública?

  ¿Tiene el ciudadano el derecho de acceder a los documentos públicos de un contrato estatal?
Foto: freepik.com

Todos los ciudadanos tenemos el derecho de acceso a la información pública consagrado en el Artículo 74 de la Constitución Política de Colombia. Este es un derecho ciudadano independientemente de la gestión documental que use la entidad (archivo digital o archivo físico) y de acuerdo con la política de transparencia de cada entidad estatal.

Los servidores públicos saben que negar el acceso a la documentación pública va en contra del principio de transparencia y esta conducta podría ser considerada una omisión del deber de una función del servidor; De hecho es mediante un sencillo escrito que se puede solicitar la consulta "in-situ" del archivo digital o físico de los documentos del proceso contractual correspondiente al contrato que se busca conocer.

Existen varias normas que amparan el derecho de los ciudadanos a acceder a la información pública en general:
  • Constitución Política de Colombia, proclamada por la Asamblea Nacional Constituyente en 1991, Artículo 74. “Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley...”
  • Ley 80 de 1993, Ley de Contratación Estatal; Artículo 66 “Todo contrato que celebren las entidades estatales, estará sujeto a la vigilancia y control ciudadano…”
  • LEY 57 DE 1985, “Por la cual se ordena la publicidad de los actos y documentos oficiales”; Artículo 12 “Toda persona tiene derecho a consultar los documentos que reposen en las oficinas públicas...”
  • Ley 1341 de 2009 "Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC- (...)"
  • Ley 1618 de 2013, la cual se definen los estándares de accesibilidad web.
  • Ley 1712 de 2014, Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional; Artículo 25, “Solicitud de acceso a la Información Pública”.
  • RESOLUCIÓN N° 001519 DE 24 DE AGOSTO DE 2020, “Por la cual se definen los estándares y directrices para publicar la información señalada en la Ley 1712 del 2014 y se definen los requisitos materia de acceso a la información pública, accesibilidad web, seguridad digital, y datos abiertos”.
  • LEY ESTATUTARIA 1757 DE 2015, “Por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática”; ARTÍCULO 66. “Principios del Control Social a lo Público”.
¿Cómo se escibe una carta para solicitar el acceso a la documentación pública de un contrato estatal?

 



9 abr 2021

Quién es y qué hace el interventor del contrato

 

Servicio de aseo en el metro de Tokyo. Photo by Jase Bloor on Unsplash

¿Qué hace el Interventor del contrato? 

El Interventor o la Interventora es la "Persona que autoriza y fiscaliza ciertas operaciones para asegurar su corrección", según el Diccionario de la Lengua Española. 

Con referencia a la Teoría del Control -desde el campo de la ingeniería, el Interventor se desempeña como el controlador de un sistema dinámico, es decir, regula y realimenta la evolución  de un sistema con el tiempo para que el efecto de la salida se corresponda con las variables de entrada y dentro de los límites del proceso observado. 

En el marco de la doctrina administrativa, el Interventor es una persona independiente contratada por una entidad estatal con el deber de dar órdenes por escrito dentro de los términos del contrato vigilado, observardo atentamente por el cumplimiento de la buena calidad del objeto contratado y teniendo en cuenta que debe colaborar con el cumplimiento de los fines esenciales del estado y  en el contexto del conjunto de normas que rigen la contratación en Colombia. El contrato objeto de la vigilancia y los manuales de contratación, interventoría o supervisión de las entidades establecen funciones específicas que se deben cumplir.

"Ninguna orden del interventor de una obra podrá darse verbalmente. Es obligatorio para el interventor entregar por escrito sus órdenes o sugerencias y ellas deben enmarcarse dentro de los términos del respectivo contrato"; según lo ordenado por la Ley 80, Artículo 32. Esta función básica del interventro se refiere a cómo se debe manifestar frente al control del controta y en sus relaciones con el contratista o proveedor de la obra, suministro o servicios que se vigila.

Además, en la Ley 80 de 2003, Artículo 32, numeral 1 (Contrato de Obra), se señala que: "la interventoría deberá ser contratada con una persona independiente de la entidad contratante y del contratista", "...en los contratos de obra que hayan sido celebrados como resultado de un proceso de licitación" y "...quien responderá por los hechos y omisiones que le fueren imputables en los términos previstos en el artículo 53 del presente estatuto." 

Siendo el interventor una persona independiente contratada por el Estado debe conocer también que: "Los particulares, por su parte, tendrán en cuenta al celebrar y ejecutar contratos con las entidades estatales que colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen una función social que, como tal, implica obligaciones", Acorde con la Ley 80 de 2003, Artículo 3.

También es aplicable el Principio de la Responsabilidad a los Interventores, según la Ley 80 de 2003, Artículo 26, numeral 8, que señala: "Los contratistas responderán y la entidad velará por la buena calidad del objeto contratado."
 
El contrato de interventoría pude ser un Contrato de Consultoría o un Contrato de Prestación de Servicios, según lo que considere la entidad estatal contratante en cada caso y acorde con lo definido en la Ley 80, Artículo 32. 
 
En general, el Interventor efectúa actividades técnicas y científicas para verificar, medir y comprobar que las obras, trabajos, bienes o servicios entregados por el contratista cumplen con las especificaciones escritas en el contrato.  Elabora informes cronológicos de gestión y resultados para el contratante; elabora certificaciones de recibo, autorizaciones de pago al contratista; elabora actas de inicio de ejecución, de recibo y de liquidación final del contrato.

 
Los Interventores de obras deben tener formación universitaria o tecnológica según la clase de Interventoría. Por ejemplo, la interventoría de contratos de comunicaciones será ejercida por ingenieros electrónicos o afines; la interventoría de contratos de salud, por profesionales de la salud.
 
La Ley 1474 de 2011 estableció una distinción entre Interventor y Supervisor. Según la cual, el Interventor apoya al Supervisor del  Contrato en la vigilacia y control de las obras, trabajos, bienes o servicios en actividades especializdas en áreas técnicas, financieras y administrativas del contrato; siempre que no se traslape con la función del Supervisor. Se reitera que el inteventor entrega obligatoriamente por escrito sus órdenes o sugerencias al contratista y ellas deben enmarcarse dentro de los términos del respectivo contrato.
 
El interventor recibe una delegación legal del contratante y responde por la ejecución y seguimiento del contrato ante la entidad estatal contratante y esto incluye rendir informes que soliciten:  gerentes de proyecto, auditores internos, contralores, procuradores y otros organismos estatales. 

En todo caso, los interventores responderán civil, fiscal, penal y disciplinariamente, "tanto por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de interventoría, como por los hechos u omisiones que les sean imputables y causen daño o perjuicio a las entidades, derivados de la celebración y ejecución de los contratos respecto de los cuales hayan ejercido o ejerzan las funciones de interventoría"; acorde con lo estipulado en la Ley 80, Artículo   53º, la Ley 1474, Artículo 82 y la Ley 1882, Artículo 2 (las cuales definen la Responsabilidad de los Consultores, Interventores y Asesores). --Por Germán Cabuya Parra, Especialista en Alta Dirección del Estado.
 
En los contratos entre particulares, los interventores se rigen por normas y estándares de los particulares, sin desconocimiento de las Leyes.

 

¿Para qué saber de todo sobre la liquidación de contratos?

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