23 oct 2025

El Informe Final de Supervisión, actividad transcendental previa al cierre del contrato.

Inspección aeronáutica. Photo: Pandu Agus Wismoyo/Unsplash

¿Cómo y por qué elaborar el Informe Final de Supervisión?

El control de los contratos, tanto públicos como privados, no termina con la entrega del bien o servicio; finaliza con la verificación formal de que el dinero se invirtió correctamente. El Informe Final de Supervisión y Certificación de Cumplimiento es el documento oficial mediante el cual la entidad estatal certifica el fin de la ejecución contractual.

Este informe es la actividad transcendental del supervisor para el cierre de la etapa de ejecución y es soporte previo del Acta de Liquidación final del contrato. El informe final del supervisión por sí mismo no es el Acta de Liquidación.

Durante la ejecución contractual de contratos públicos y privados el supervisor o interventor del contrato debe elaborar informes para dejar constancia del avance o finalización de las actividades del contrato por terminación del plazo o por haber agotado el presupuesto  o por haber finalizado las actividades del contrato. 
 

Este deber de vigilancia emana directamente del Artículo 83 de la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), que obliga a las entidades a vigilar permanentemente la ejecución contractual para proteger la moralidad administrativa y prevenir actos de corrupción.


I. Función y Naturaleza del Informe Final

El informe final de supervisión cumple una triple función esencial en el ciclo contractual:

  1. Certificación de Cumplimiento Técnico: Valida que el contratista entregó los bienes, servicios u obras conforme a las especificaciones y estándares de calidad pactados, ya sea por terminación del plazo, por haber agotado el presupuesto, o por haber finalizado las actividades del contrato.

  2. Cierre Administrativo y Financiero: Recopila todos los datos de plazos, prórrogas, suspensiones y, crucialmente, realiza el balance financiero para determinar el valor final ejecutado.

  3. Soporte para la Liquidación: Es el requisito sine qua non para iniciar el proceso de liquidación del contrato, estableciendo la posición final de cada parte (lo pagado vs. lo recibido) y sirviendo como borrador y base de cálculo para el Acta de Liquidación. En muchas entidades estatales colombianas, este informe es indispensable para elaborar dicha Acta.



II. Estructura y Componentes Clave del Formato

Un informe final de supervisión integral debe estructurarse en secciones claras que aborden las dimensiones técnica, financiera y legal de la ejecución:

SecciónComponentes EsencialesRelevancia
IdentificaciónNúmero, Objeto, Valores (Inicial y Final), Contratista, Supervisor/Interventor.Trazabilidad y claridad del documento a liquidar.
Gestión del PlazoFechas de Inicio y Terminación Real, Novedades (Prórrogas, Suspensiones).Justifica el tiempo de ejecución y posibles incumplimientos de plazo.
Componente FinancieroValor Pagado, Valor Presupuestal a Liberar (saldo del RP no ejecutado), Rendimientos Financieros.Base para el control fiscal y contable; permite desafectar recursos para que la entidad pueda usarlos.
Cumplimiento TécnicoDetalle del cumplimiento de Obligaciones Específicas y el Porcentaje de Cumplimiento Final.Certificación de la calidad y cantidad de lo recibido (Recibo a Satisfacción).
Cumplimiento LegalVerificación de Aportes a Seguridad Social (obligación legal), Protección de Datos Personales y vigencia de Garantías (Pólizas).Ampara a la entidad frente a responsabilidades legales y post-contractuales.
Conclusiones y ReciboActa de Recibo Final, Consignación de Salvedades/Multas, Recomendación de iniciar Liquidación.Determina el estado final del contrato y da el paso formal para el cierre.

III. Responsabilidades Asociadas

El supervisor (servidor público) o el interventor (particular que ejerce funciones públicas) tiene una responsabilidad directa sobre la veracidad del informe. La omisión o el diligenciamiento deficiente de este documento puede acarrear:

  • Responsabilidad Disciplinaria: Por incumplimiento de los deberes de control y vigilancia.

  • Responsabilidad Fiscal: Si la falta de control resulta en detrimento patrimonial para el Estado.

En síntesis, el Informe Final de Supervisión es la herramienta principal que utiliza el Estado para materializar el principio de transparencia y eficiencia en la gestión de sus recursos, garantizando que todo el proceso, desde la planeación hasta la liquidación, se encuentre debidamente soportado.

El informe de supervisión en la práctica estatal: Ver modelos del informe 

24 ago 2025

Introducción a la Supervisión e Interventoría de los contratos estatales



Usar todos los sentidos para la interventoría de contratos.
Fotomontaje: interventoriadecontratos. Fotos: Freepick.

La supervisión y la interventoría son dos funciones complementarias para la gestión y el control de los contratos en el ámbito estatal, para asegurar la transparencia, eficiencia y el cumplimiento de los contratos. Aunque ambas buscan la correcta ejecución del contrato, se diferencian en su naturaleza, alcance y el sujeto que las ejerce.


Supervisión del Contrato

La supervisión es el seguimiento integral que la misma entidad contratante realiza sobre el contrato. Es una función interna, a cargo de un funcionario público o de personal de apoyo designado por la entidad. Se ejerce en todos los contratos estatales, principalmente en aquellos que no requieren conocimientos técnicos o especializados de alta complejidad. ¿Quién la ejerce? Un servidor público de la propia entidad.

  • Alcances:

    • Técnico: Verificación de que las especificaciones y la calidad del producto o servicio cumplan lo pactado.
    • Administrativo: Control de los plazos, cronogramas y trámites del contrato.
    • Financiero/Contable: Verificación de los desembolsos, cuentas de cobro y registros financieros.
    • Jurídico: Constatación del cumplimiento de las cláusulas y obligaciones legales del contrato.
    • Ambiental: Verificación del cumplimiento del contrato de conformidad con las normas ambientales. 
  • Responsabilidad: El supervisor debe responder disciplinaria, penal, fiscal y civilmente, ante la entidad y el Estado por la correcta ejecución del contrato.


Interventoría del contrato

La interventoría es un seguimiento especializado que se ejerce a través de una persona natural o jurídica externa, contratada por la entidad estatal para este fin.  ¿Cuándo se necesita? Es obligatoria para contratos de gran complejidad, alta cuantía o que exigen conocimientos técnicos muy específicos (por ejemplo, grandes obras de infraestructura, proyectos de tecnología, etc.). La ley puede exigir su obligatoriedad en ciertos casos. ¿Quién la ejerce? Una firma o profesional externo, independiente de la entidad y del contratista.

  • Alcance: Su enfoque principal es el seguimiento técnico del proyecto. El interventor actúa como un especialista que certifica que los diseños, materiales y procesos cumplen con los estándares y la normatividad. También puede abarcar el control financiero y administrativo, pero siempre con un alto grado de especialización.

  • Responsabilidad: Ser experto en una materia lo hace responsable de la calidad técnica del proyecto. El interventor es responsable por sus acciones y omisiones ante la entidad y los organismos de control (responsabilidad disciplinaria, penal, fiscal y civil). 


Edificio de la Universidad Distrital sede Ciudad Bolívar.
Foto: agencia.udistrital.edu.co

Diferencias y Similitudes 

CaracterísticaSupervisiónInterventoría
NaturalezaFunción internaFunción externa y especializada
SujetoFuncionario de la entidadContratista externo (firma o persona)
EspecializaciónNo es obligatoriaEs esencial y el motivo de su contratación
AlcanceIntegral (técnico, administrativo, etc.)Principalmente técnico y de alta especialización

 Marco legal: Ley 80 de 1993, Ley 1474 de 2011 y jurisprudencia (Consejo de Estado, Corte Constitucional, etc).


El Informe Final de Supervisión, actividad transcendental previa al cierre del contrato.

Inspección aeronáutica. Photo: Pandu Agus Wismoyo/Unsplash ¿Cómo y por qué elaborar el Informe Final de Supervisión? El control de los contr...