5/18/2019

Entidades pueden contratar directamente a científicos

Contratos estatales de ciencia y tecnología.

¿Se estaría riñendo con el principio de transparencia, si un jefe de una entidad estatal contratara directamente a una entidad privada para un contrato de ciencia y tecnología?

En los procesos de selección de los contratistas de ciencia y tecnología, se deben respetar los principios de transparencia, economía, responsabilidad y selección objetiva. También se debe tener en cuenta las inhabilidades e incompatibilidades y aplicar las disposiciones de solución de conflictos, entre otros aspectos de los contratos estatales, según lo dijo el Consejo de Estado.

Es decir, la Ley 80 de 1993 adicionada y modificada por la ley 1150 de 2007, establece que se les aplican los principios de la contratación estatal a los contratos que la Nación y sus entidades descentralizadas que celebren para el desarrollo de las actividades de ciencia y tecnología. Para estos contratos hay aspectos regulados expresamente en los artículos 2, 8, 9, 17 y 19 del Decreto ley 591 de 1991 y en el Decreto ley 393 de 1991 pata actividades de ciencia y tecnología.

[CONSEJO DE ESTADO, SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCIÓN TERCERA, Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO, Bogotá, D.C., once (11) de febrero de dos mil nueve (2009). Radicación número: 25000-23-31-000-2000-13018-01]

Lo qué dice la Ley 80 de 1993 sobre el asunto: "Para la prestación de servicios profesionales o para la ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales o jurídicas, o para el desarrollo directo de actividades científicas o tecnológicas", según el texto original de la Ley 80 de 1993, artículo 24, numeral 1, literal d, según la página del Senado de la República.

http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0080_1993.html#27

No obstante, lo anterior, este numeral fue derogado por la Ley 1150 de 2007 y en cambio esta misma ley, Arículo 2o., literal e, estableció que "Los contratos para el desarrollo de actividades científicas y tecnológica" se realizarán mediante contratación directa, es defir que es otra forma de contrato estatal aparte de la licitación.

http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1150_2007.html

Entonces, un jefe de una entidad estatal podría contratar en forma directa a una entidad privada para un contrato de ciencia y tecnología, siempre que cumpla con los mandatos de los contratos estatales.

4/29/2019

Qué deben hacer entidades para planear procesos de contratación


https://www.romania-insider.com/wp-content/uploads/2011/06/people-meeting-davos.jpg
Planing Process People. Source: romania-insider.com

¿Cuáles son las actividades necesarias para la planeación de Procesos de Contratación?

La Entidades Estatales deben adelantar las varias actividades en la etapa de planeación, para identificar sus necesidades y las actividades relacionadas con el conocimiento de los mercados a los que acudan para satisfacerlas.

Actividades de planeación del proceso contractual:

  • Plan Anual de Adquisiciones.
  • Analizar la conveniencia de utilizar el acuerdo marco o instrumento de agregación de demanda.
  • Estudio de sector.
  • Estudios y documentos previos.
  • Análisis de Riesgos.
  • Preparación y publicación del proyecto de pliegos de condiciones y de la minuta del contrato.

Ver: https://www.colombiacompra.gov.co/content/cuales-son-las-actividades-necesarias-para-la-planeacion-de-procesos-de-contratacion

 

5/19/2015

Ruta de veeduría ciudadana a contratos: "Contract Monitoring Road Map"

El "Contract Monitoring Road Map" y su Relevancia para las Veedurías Ciudadanas.

Foto: pro-act.org 

La educación de los futuros ingenieros en el control de contratos estatales es una tarea muy importante en el contexto de la formación de competencias laborales y ciudadanas. Por tal razón al finalizar este curso de "Interventoría para Ingenieros", los estudiantes estarán en capacidad de explicar y sustentar el desarrollo de una observación, monitoreo o vigilancia ciudadana de un contrato estatal.
 

¿Qué es un "Contract Monitoring Road Map"? Es un plan detallado que guía el proceso de supervisión de un contrato desde el inicio hasta su finalización, asegurando el cumplimiento de términos, condiciones y requisitos. Es una estrategia para garantizar la transparencia, la rendición de cuentas y la ejecución exitosa de un contrato.

 

  • Componentes Clave: Un buen "road map" de seguimiento contractual típicamente incluye:

  • Objetivos: Metas específicas del monitoreo (ej., entrega a tiempo, calidad, control de costos).

  • Alcance: Qué aspectos del contrato se van a vigilar (ej., técnicos, financieros, legales).

  • Roles y Responsabilidades: Quién hace qué (entidad contratante, contratista, y la veeduría).

  • Actividades de Monitoreo: Acciones concretas (reuniones, visitas a obra, revisión de documentos, auditorías).

  • Mecanismos de Reporte: Cómo se comunicarán los avances y problemas (formatos, frecuencia, destinatarios).

  • Cronograma y Hitos: Cuándo se realizarán las actividades de monitoreo, alineado con el calendario del contrato.

  • Plan de Gestión de Riesgos: Cómo se identificarán, evaluarán y abordarán las desviaciones o problemas.

  • Plan de Comunicación: Cómo fluirá la información entre todas las partes.

     

  • Beneficios para la Veeduría:

  • Guía estructurada: Proporciona a la veeduría una metodología clara para su trabajo de vigilancia.

  • Detección temprana de problemas: Ayuda a identificar desviaciones o irregularidades a tiempo.

  • Mayor efectividad: Permite a los veedores enfocar sus esfuerzos en los puntos críticos del contrato.

  • Sustento para denuncias: Facilita la recolección de evidencia para posibles denuncias ante las autoridades.  

  • Tareas para los grupos de Veeduría Ciudadana: Elaborar un "Fanzine" y un Video de 3 minutos.
 Para conocer un modelo de acta de veeduría ciudadana ver enlace relacionado:
 
 Otros modelos de control ciudadano:
https://www.open-contracting.org/
(R) Escrito por Germán Cabuya PArra/ Actualizado 2025/09/02.

3/07/2015

Control de Contratos a través de "Colombia Compra Eficiente"

https://www.contratos.gov.co/consultas/inicioConsulta.do

Colombia Compra Eficiente es una entidad descentralizada de la rama ejecutiva del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, adscrita al Departamento Nacional de Planeación.

En el curso de INTERVENTORIA PARA INGENIEROS se hará seguimiento y control a un contrato estatal escogido por cada estudiante en el universo de contratos publicados en el portal de Colombia Compra Eficiente: 
 
https://www.contratos.gov.co/consultas/inicioConsulta.do 


La misión de Colombia Compra Eficiente es:ofrecer un sistema de información de la compra y la contratación pública que permita hacer transacciones en línea, con instrumentos y herramientas que respondan a las necesidades de bienes, obras y servicios que adquiere el sistema de compra y contratación pública y que ofrezca información suficiente y de calidad para tomar decisiones, y para cumplir las metas y objetivos de las entidades estatales, el Plan Nacional de Desarrollo y los planes territoriales de desarrollo, asegurando el óptimo valor por dinero en la compra y contratación pública y su trasparencia.

Se verificará el cumplimiento de las leyes de transparencia.

Además de formular políticas y propuestas, brinda asistencia técnica y apoya el desarrollo del mercados.

Para  buscar los datos de los contratos estatales siga este link:

2/21/2015

Tareas de la veeduría ciudadana en un contexto académico e institucional


Modelo de acta de conformación de veeduría ciudadana


La veeduría ciudadana a un contrato estatal puede verificar que todas las etapas (precontractual, contractual y pos contractual) se realicen en los tiempos definidos en la programación y de acuerdo con las necesidades de contratación que tengan las entidades públicas, con los recursos previstos para ello.

Las veedurías ciudadanas tienen como objeto de vigilancia la gestión pública según lo establecido en el Artículo 270 de la Constitución Política de Colombia y en los artículos 100 de la Ley 134 de 1994 , y 1 y 4 de la Ley 850 de 2003, según lo explica la LA RED INSTITUCIONAL DE APOYO A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS. de la Contraloría General de la República.

Una vez realizada el acta de constitución de una veeduría ciudadana de un contrato estatal, se inscribe ante la Personería de Bogotá  Cra. 7 # 21-24 - Bogotá D.C., Colombia

Para consultar procedimientos y pedir acompañamiento, la veeduría ciudadana remite la copia de esta acta de constitución de una veeduría ciudadana a la Veeduría Distrital Carrera 24 # 39-91

Al mismo tiempo,  la veeduría ciudadana le presenta a la entidad estatal un escrito de derecho de petición y consulta para ingresar al área de contratación y consultar la copia del contrato estatal que se desea estudiar. Esta actividad es realizada como parte de sus entregables académicos por los estudiantes de la asignatura "interventoría para ingenieros" de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Distrital.

Enlace relacionado: Modelo de acta de conformación de veeduría ciudadana


8/15/2014

Contratación a la Vista es el portal de contratos de Bogotá

Las entidades del Distrito Capital publican información contractual de obras, suministro, bienes y servicios en el portal: https://www.contratacionbogota.gov.co/

En este portal se consultan los procesos contractuales por nombre de entidad,tipo de proceso, objeto, fecha,valor,etc.














2/09/2014

Modifican siete veces contrato de operación de aeropuerto

Pasajeros a la salida del Aeropuerto El Dorado. Foto: commons.wikimedia.org

Bogotá. En siete años de ejecución del contrato para la operación del aeropuerto público de más  alto tráfico en Colombia por parte de un particular, ya se han modificado siete veces las condiciones del mismo, según lo observaron cuatro estudiantes de último año de ingeniería eléctrica de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas.