24 ene 2010

LABORES DE UN INTERVENTOR

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
¿Qué hace un Interventor? 
 

El Interventor o la Interventora es la "Persona que autoriza y fiscaliza ciertas operaciones para asegurar su corrección", según el Diccionario de la Lengua Española. 

Acorde con la doctrina administrativa, el interventor es una persona independiente contratada por una entidad estatal con el deber de dar órdenes por escrito dentro de los términos del contrato vigilado, observardo atentamente por el cumplimiento de la buena calidad del objeto contratado y teniendo en cuenta que debe colaborar con el cumplimiento de los fines esenciales del estado y  en el contexto del conjunto de normas que rigen la contratación en Colombia.

"Ninguna orden del interventor de una obra podrá darse verbalmente. Es obligatorio para el interventor entregar por escrito sus órdenes o sugerencias y ellas deben enmarcarse dentro de los términos del respectivo contrato"; según lo ordenado por la Ley 80, Artículo 32.

Además, en la Ley 80 de 2003, Artículo 32, numeral 1 (Contrato de Obra), se señala que: "la interventoría deberá ser contratada con una persona independiente de la entidad contratante y del contratista", "...en los contratos de obra que hayan sido celebrados como resultado de un proceso de licitación" y "...quien responderá por los hechos y omisiones que le fueren imputables en los términos previstos en el artículo 53 del presente estatuto." 

Siendo el interventor una persona independiente contratada por el Estado debe conocer también que: "Los particulares, por su parte, tendrán en cuenta al celebrar y ejecutar contratos con las entidades estatales que colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen una función social que, como tal, implica obligaciones", Acorde con la Ley 80 de 2003, Artículo 3.

También es aplicable el Principio de la Responsabilidad a los Interventores, según la Ley 80 de 2003, Artículo 26, numeral 8, que señala: "Los contratistas responderán y la entidad velará por la buena calidad del objeto contratado."
 
El contrato de interventoría pude ser un Contrato de Consultoría o un Contrato de Prestación de Servicios, según lo que considere la entidad estatal contratante en cada caso y acorde con lo definido en la Ley 80, Artículo 32. 
 
En todo caso, los interventores responderán civil, fiscal, penal y disciplinariamente, "tanto por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de interventoría, como por los hechos u omisiones que les sean imputables y causen daño o perjuicio a las entidades, derivados de la celebración y ejecución de los contratos respecto de los cuales hayan ejercido o ejerzan las funciones de interventoría"; acorde con lo estipulado en la Ley 80, Artículo   53º, la Ley 1474, Artículo 82 y la Ley 1882, Artículo 2 (las cuales definen la Responsabilidad de los Consultores, Interventores y Asesores).
  
En general, el Interventor efectúa actividades técnicas y científicas para verificar, medir y comprobar que las obras, trabajos, bienes o servicios entregados por el contratista cumplen con las especificaciones escritas en el contrato.  Elabora informes cronológicos de gestión y resultados para el contratante; elabora certificaciones de recibo, autorizaciones de pago al contratista; elabora actas de inicio de ejecución, de recibo y de liquidación final del contrato.
 
Según el caso, el Interventor apoya al Supervisor del  Conrtrato en la vigilacia y control de las obras, trabajos, bienes o servicios permanentemente las actividades técnicas, financieras y administrativas del contrato; siempre que no se traslape con la función del Supervisor.
 
El interventor recibe una delegación legal del contratante y responde por la ejecución y seguimiento del contrato ante la entidad estatal contratante y esto incluye rendir informes que soliciten:  gerentes de proyecto, auditores internos, contralores, procuradores y otros orgnismos estatales.
 
Los Interventores de obras deben tener formación universitaria o tecnológica según la clase de Interventoría. Por ejemplo, la interventoría de contratos de comunicaciones será ejercida por ingenieros electrónicos o afines; la interventoría de contratos de salud, por profesionales de la salud.
 
Recuérdese que el inteventor entrega obligatoriamente por escrito sus órdenes o sugerencias al contratista y ellas deben enmarcarse dentro de los términos del respectivo contrato. 
 
 
Ver: Aplicación del principio de responsabilidad a supervisores o interventores https://interventoriadecontratos.blogspot.com/2021/03/aplicacion-del-principio-de.html
 

 
¿Qué hace un Supervisor de Contrato?
 
 Ver Ley 1474 de 2011

 
¿Qué hace un Auditor? 
 

El auditor(a) realiza la auditoría, es decir, "Revisión sistemática de una actividad o de una situación para evaluar el cumplimiento de las reglas o criterios objetivos a que aquellas deben someterse". Aun que se parece a la labor del interventor, tiene un ámbito superior al universo de los contratos. Un(a) Auditor(a) debe obtener y evaluar de manera objetiva las evidencias relacionadas con informes sobre actividades económicas y otros acontecimientos técnicos y operativos, para determinar el grado de correspondencia del contenido de los informes con respecto a los principios establecidos para el caso. Por otra parte, el Auditor es una herramienta de control y supervisión que contribuye a la creación de una cultura de la disciplina de la organización y permite descubrir fallas en las estructuras o vulnerabilidades existentes en la organización. El Auditor utiliza conocimientos acordes con las técnicas informáticas usadas en el control de la gestión. Los Auditores financieros son Contadores Públicos y los Auditores en otras especialidades deben tener formación universitaria según la clase de informa de auditoría, por ejemplo auditoría ambiental, auditoría de sistemas, etc. http://www.monografias.com/trabajos12/auditor/auditor.shtml 


 
¿Qué hace un Contralor? 
 
Un(a) Contralor(a) vigila sistemática y permanente las diversas entidades del Estado y aquellos particulares que manejan recursos públicos; el resultado final del control fiscal micro queda registrado elabora un informe de auditoría de control fiscal, el cual se comunica a la entidad auditada y que puede ser consultado por la opinión pública. Los hallazgos con incidencia fiscal, disciplinaria o penal se ponen en conocimiento de la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva, la Procuraduría y la Fiscalía, respectivamente. Como resultado de las auditorías, las entidades deben elaborar un Plan de Mejoramiento que contenga las acciones correctivas para subsanar las observaciones formuladas por la Contraloría. http://www.contraloriagen.gov.co 
 
¿Qué hace un Procurador? 
 
Un(a) Procurador(a) vigila la actuación de los servidores públicos y advierte cualquier hecho que pueda ser violatorio de las normas vigentes; interviene en defensa de los derechos y las garantías fundamentales ante diferentes instancias y cuando el Procurador General de la Nación lo considere necesario; además inicia, adelanta y falla las investigaciones que se adelanten contra los servidores públicos y contra los particulares que ejercen funciones públicas o manejan dineros del estado por faltas disciplinarias. http://www.procuraduria.gov.co
 
¿Qué hace un Veedor Ciudadano?
 
Ver Ley 850 de 2007
 
 
¿Qué hace un Gerente de Proyecto? 
 
Un(a) Gerente de Proyecto hace cumplir los objetivos de la organización usando un proceso estructurado y controlado de técnicas, herramientas y metodologías para llevar a cabo un proyecto que satisfaga las necesidades del cliente. http://pmi-paraguay.blogspot.com 
 
 
 
 

1 comentario:

Unknown dijo...

Artículo muy relevante y adecuado, recomendamos la aplicación de lo dicho con un sistema ESPECIALIZADO en la gestión del Ciclo de Vida de Contratos como comforce (http://www.comforce.co)

Es posible complementar la información con los siguientes artículos:

INFOGRAFÍA – EL FUTURO DE LA CONTRATACIÓN ¿CÓMO SERÁ LA CONTRATACIÓN EN EL 2020?
https://www.comforce.co/el-futuro-de-la-contratacion-como-sera-la-contratacion-en-2020/

4 OBJETIVOS DE UN SISTEMA DE GESTIÓN DE CONTRATOS
https://www.comforce.co/4-objetivos-de-un-sistema-de-gestion-de-contratos/

CÓMO ELIMINAR LOS PROBLEMAS EN LA GESTIÓN DE CONTRATOS?
https://www.comforce.co/como-eliminar-los-problemas-en-la-gestion-de-contratos_/


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